Huelgas laborales en México: Ley Federal de Trabajo
- ¿Qué es una Huelga?
Según el Artículo 440 de la Ley Federal de Trabajo, una Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores (sindicatos de trabajadores).
La huelga puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos y debe limitarse al mero acto de la suspensión del trabajo.
Una huelga implica necesariamente la suspensión de labores, dicha suspensión tiene que ser legal, es decir, debe ajustarse a los requisitos que marca la ley. La suspensión debe ser temporal, ya que en caso contrario estaríamos frente a un cierre de empresa.
Una huelga se considera ilícita, en los siguientes casos:
- Cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades.
- En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del Gobierno.
- Objetivos de una Huelga
Los objetos de una huelga son establecidos en el artículo 450 de la LFT, éstos deberán ser:
- Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital.
- Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo dela LFT.
- Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo de la LFT.
- Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado.
- Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades.
- Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores.
- Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículos 399 bis y 419 bis.
- Requisitos de una Huelga
- Que la huelga tenga por objeto alguno o algunos de los objetivos anteriores.
- Que la suspensión se realice por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento. La determinación de la mayoría a que se refiere esta fracción (Art. 451), sólo podrá promoverse como causa para solicitar la declaración de inexistencia de la huelga, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 929, y en ningún caso como cuestión previa a la suspensión de los trabajos.
- Que se cumpla previamente los requisitos señalados en el Artículo 920.
- Etapas de una Huelga en México
- PERIODO DE GESTACIÓN
En este período se elabora el pliego de peticiones o reclamos, que desde luego debe ser por escrito y en el cual se debe manifestar fehacientemente la intención de ir a la huelga en caso de insatisfacción de las mismas.
- PERIODO DE PREHUELGA
Este período debe tener como misión fundamental conciliar a las partes y para ello debe tener lugar una audiencia de avenimiento.
- PERIODO DE HUELGA ESTALLADA
Este período se inicia en el preciso instante en que se suspenden las labores.
- Protección legal de las Huelgas
Artículo 924 de la Ley Federal de Trabajo.- Establece un derecho cautelar para garantizar no sólo la suspensión del trabajo, sino también la responsabilidad del conflicto, en el caso de que se someta por los trabajadores a la decisión de la Junta.
Artículo 449 Ley Federal de Trabajo.-Dispone que: “La Junta de Conciliación y Arbitraje y las autoridades civiles correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo”.
- Excepciones de las Huelgas
Los siguientes trabajadores huelguistas deberán continuar prestando los siguientes servicios:
- Los buques, aeronaves, trenes, autobuses y demás vehículos de transporte que se encuentren en ruta, deberán conducirse a su punto de destino.
- En los hospitales, sanatorios, clínicas y demás establecimientos análogos, continuará la atención de los pacientes recluidos al momento de suspenderse el trabajo, hasta que puedan ser trasladados a otro establecimiento.
Fuentes:
http://www.oocities.org/ineajalisco/huelgacct.htm
https://legalzone.com.mx/ley-federal-del-trabajo-2017-mexico