Incidente de Reducción de Pensión Alimenticia
- Procedimiento a seguir para una Pensión Alimenticia
El procedimiento a seguir para interponer una Reducción de Pensión de Alimentos en México o Incidente de Reducción Alimenticia del hijo o de los hijos, es ante el mismo juez quien otorgo la sentencia la primera ocasión.
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Para esto, se debe presentar y demostrar que la cantidad de dinero que se otorga por concepto de alimentos rebasa las necesidades del menor, es decir, se tiene que demostrar que existe un remanente entre lo que se requiere y lo que se otorga, y por tal motivo se necesita ajustar.
Argumentando que las necesidades del acreedor son menores y no se requiere el porcentaje originalmente fijado.
Una vez presentado el incidente o “demanda” se le notificará al representante del o los menores, después éste podrá contestar lo que a su derecho convenga, aceptando o negándose a la reducción, con el debido derecho de ofrecer las pruebas que considere oportunas.
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- ¿Por qué motivos procede una reducción de pensión alimenticia?
Existen varios supuestos por lo que se puede originar una reducción en la pensión alimenticia, por ejemplo:
- Cuando las necesidades de quien la reciba hayan disminuido.
- En el caso de una pensión determinada en dinero y no en porcentaje del sueldo, y se encuentra en estado precario, también puede proceder a un ajuste.
- Cuando la pensión ha sido fijada para varios menores, y se llegue a la mayoría de edad de los mismos o a la autosuficiencia comprobable, se puede solicitar una reducción, para solamente seguir dándola al menor o menores que todavía la requieran.
- Dictamen de la reducción de la pensión alimenticia
Para determinar si la pensión se encontraba excedida o no, se pueden ofrecer pruebas periciales, de trabajo social o un estudio socioeconómico en donde dé lugar a una evaluación de las necesidades actuales del menor o los menores.
Una vez aceptadas y desahogadas las pruebas, el juez dicta una sentencia interlocutoria y determinará si es procedente o no la reducción de pensión.
ADRIÁN IBARRA
• 9 agosto, 2017En mi caso originalmente otorgaba una pensión alimenticia del 35% por mis tres hijos y por que la acreedora manifestó no trabajar en el momento que procedió la demanda hace 9 años. Hoy en día la situación ya es diferente, mi hijo mayor ya concluyó sus estudios profesionales se encuentra trabajando, ya cuenta con 24 años de edad y la acreedora se encuentra laborando, pudiéndose demostrar que cuenta con un trabajo remunerado además de ya tener pareja sentimental que también aporta para los gastos y viven en la casa de mis hijos. También Mi situación es precaria por tantos descuentos en mi nómina. En este caso procede una reducción de la pensión? Y si es el caso debo forzosamente contratar a un abogado? toda vez que este trámite cobran alrededor de 4 mil pesos y no cuento con los recursos para pagarlos.
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