Relaciones Colectivas de Trabajo y la Negociación Colectiva en México: Peguntas y Respuestas

Tanto el derecho a la negociación colectiva como los tipos de relaciones colectivas de trabajo en México están regulado por la Ley Federal del Trabajo, la cual delimita los derechos, obligaciones y las pautas a seguir para los trabajadores y patrones o empleadores lleguen a los acuerdos necesarios sobre las condiciones de trabajo.

Para abordar el basto y complejo tema del que se trata, lo haremos en forma de preguntas y respuesta con el fin de que quede más claro y se resuelvan de forma concreta las principales interrogantes sobre el tema.

1. ¿Qué es la libertad de asociación?

R=  Es un derecho humano fundamental que tienen trabajadores, trabajadoras y patrones a organizarse y defender de manera colectiva sus propios derechos e intereses.

2. ¿Qué es el derecho a la libertad sindical?

R= Es el derecho de las trabajadores a formar y/o afiliarse a un sindicato de su elección, para defender sus derechos laborales y negociar colectivamente con su patrón sobre los términos y las condiciones del trabajo. La libertad sindical incluye los derechos a no ser discriminadas(os), despedidas(os) o amenazadas(os) por su decisión de afiliarse o formar a un sindicato o por sus actividades sindicales pasadas o actuales.

3. ¿Qué es el derecho a la negociación colectiva?

R= Es el derecho que tienen las trabajadoras y trabajadores de unirse y conformar un sindicato y negociar con su patrón sus condiciones de trabajo, salario, prestaciones, turnos, días de descanso y todo lo que afecte su vida laboral. El propósito de negociar colectivamente es establecer los salarios, las prestaciones y derechos de los trabajadores y trabajadoras que vayan más allá de lo mínimo que ya esté indicado por la ley.

Al negociar de manera colectiva, los trabajadores y el patrón tienen mejores posibilidades de resolver problemas en el lugar de trabajo antes de que se conviertan en algo grave.

La negociación colectiva tiene como fin:

  • Iniciar una contratación colectiva.
  • Revisar un convenio vigente.
  • Modificar un convenio.
  • Fijar las condiciones de trabajo y empleo.
  • Exigir ciertas prestaciones económicas.
  • Suspender o modificar contratos.
  • Mejorar el diálogo social a nivel de empresa.
  • Mejorar la productividad de la empresa.
  • Regular las relaciones entre empleadores y trabajadores.
  • Regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones y una organización o varias organizaciones de trabajadores o lograr todos estos fines a la vez.

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4. ¿Qué es un convenio de negociación colectiva?

R= El convenio de negociación colectiva es un acuerdo entre uno o más sindicatos y uno o más empleadores, o uno o más sindicatos de empleadores, con el objetivo de establecerlas condiciones bajo las cuales el trabajo se pagará en uno o más establecimientos o compañías.

El convenio es efectivo a partir de la fecha y hora de su inscripción a menos que las partes hayan acordado una fecha diferente, y termina por mutuo consentimiento en cumplimiento del trabajo; o por otras causas previstas por la ley.

5. ¿Qué es un contrato colectivo de trabajo (CCT)?

R= Un contrato colectivo de trabajo es un acuerdo por escrito que es negociado y firmado por un sindicato y un patrón, y en él se definen los términos y las condiciones del trabajo. Según el Artículo 391 de la Ley Federal del Trabajo de México, un CCT contendrá, como mínimo (entre otras):

  • El monto de los salarios
  • Las jornadas de trabajo
  • Los días de descanso y vacaciones
  • Disposiciones sobre capacitación y adiestramiento de las trabajadores.
  • Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones trabajador-patrón.

6. ¿Qué es un contrato ley?

R= Corresponde a otro tipo de relación colectiva de trabajo, el cual es un convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en un rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.

Este tipo de contrato-ley puede celebrarse para industrias de jurisdicción federal o local.

Arts. LFT 404-421

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7. ¿Qué es el Reglamento Interior de Trabajo?

R= Es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.

Este reglamento contendrá:

  1. Horas de entrada y salida de los trabajadores, tiempo destinado para las comidas y períodos de reposo durante la jornada.
  2. Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo.
  3. Días y horas fijados para hacer la limpieza de los establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles de trabajo.
  4. Días y lugares de pago.
  5. Normas para prevenir los riesgos de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios.
  6. Labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores y la protección que deben tener las trabajadoras embarazadas.
  7. Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos o periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las autoridades.
  8. Permisos y licencias.
  9. Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación. La suspensión en el trabajo, como medida disciplinaria, no podrá exceder de ocho días. El trabajador tendrá derecho a ser oído antes de que se aplique la sanción.
  10. Las demás normas necesarias y convenientes de acuerdo con la naturaleza de cada empresa o establecimiento, para conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo del trabajo.

Arts. LFT 422-425

Fuentes:

https://legalzone.com.mx/ley-federal-del-trabajo-2017-mexico

http://www.maquilasolidarity.org/sites/maquilasolidarity.org/files/attachment/Manual_para_trabajadoras_RSM_2016.pdf

http://www.misalario.org/main/conocetusderechos/derechos-sindicales

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