Demanda de Amparo Indirecto contra Particulares en Materia Administrativa.

En México, lo referente al amparo contra particulares se encuentra en el Artículo 5º de la Ley de Amparo, que dice lo siguiente:

Artículo 5º. Son partes en el juicio de amparo:

I. El quejoso, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que la norma, acto u omisión reclamados violan los derechos previstos en el artículo 1o de la presente Ley y con ello se produzca una afectación real y actual a su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.

El interés simple, en ningún caso, podrá invocarse como interés legítimo. La autoridad pública no podrá invocar interés legítimo.

El juicio de amparo podrá promoverse conjuntamente por dos o más quejosos cuando resientan una afectación común en sus derechos o intereses, aun en el supuesto de que dicha afectación derive de actos distintos, si éstos les causan un perjuicio análogo y provienen de las mismas autoridades.

Tratándose de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo, el quejoso deberá aducir ser titular de un derecho subjetivo que se afecte de manera personal y directa;

La víctima u ofendido del delito podrán tener el carácter de quejosos en los términos de esta Ley.

II. La autoridad responsable, teniendo tal carácter, con independencia de su naturaleza formal, la que dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas.

Para los efectos de esta Ley, los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos en los términos de esta fracción, y cuyas funciones estén determinadas por una norma general.

III. El tercero interesado, pudiendo tener tal carácter:

  1. a) La persona que haya gestionado el acto reclamado o tenga interés jurídico en que subsista;
  2. b) La contraparte del quejoso cuando el acto reclamado emane de un juicio o controversia del orden judicial, administrativo, agrario o del trabajo; o tratándose de persona extraña al procedimiento, la que tenga interés contrario al del quejoso;
  3. c) La víctima del delito u ofendido, o quien tenga derecho a la reparación del daño o a reclamar la responsabilidad civil, cuando el acto reclamado emane de un juicio del orden penal y afecte de manera directa esa reparación o responsabilidad;
  4. d) El indiciado o procesado cuando el acto reclamado sea el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público;
  5. e) El Ministerio Público que haya intervenido en el procedimiento penal del cual derive el acto reclamado, siempre y cuando no tenga el carácter de autoridad responsable.

V. El Ministerio Público Federal en todos los juicios, donde podrá interponer los recursos que señala esta Ley, y los existentes en amparos penales cuando se reclamen resoluciones de tribunales locales, independientemente de las obligaciones que la misma ley le precisa para procurar la pronta y expedita administración de justicia.

Sin embargo, en amparos indirectos en materias civil y mercantil, y con exclusión de la materia familiar, donde sólo se afecten intereses particulares, el Ministerio Público Federal podrá interponer los recursos que esta Ley señala, sólo cuando los quejosos hubieren impugnado la constitucionalidad de normas generales y este aspecto se aborde en la sentencia.

MODELO DE DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO CONTRA PARTICULARES EN MATERIA ADMINISTRATIVA

(Copiar y Pegar Formato)

NOMBRE DEL QUEJOSO: _ _ _ _

AUTORIDAD RESPONSABLE: _ _ _ _

AMPARO INDIRECTO.

C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN MATERIA ADMINISTRATIVA

EN EL ESTADO DE ____________.

P R E S E N T E.

_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , de la ciudad de _ _ _ _ _ _ _ _ _ , autorizando en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo a los licenciados en derecho ————————- y —————————-, quienes cuentan con el registro único de profesionales del derecho ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación; así como a la pasante en Derecho _ _ _ _ _ _ _ _ _, para que puedan oír y recibir todo tipo de notificaciones e imponerse de autos; ante Usted comparezco y expongo:

Con fundamento en lo estipulado por los artículos 1º, 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y demás relativos de la reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a promover ante Usted JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, contra las autoridades responsables y por lo actos que más adelante quedarán expuestos dentro del presente artículo, por lo cual y  cumpliendo con la formalidad que establece el artículo 108 de la Ley de Amparo, expreso:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO(A):      El suscrito y el domicilio debidamente indicados anteriormente.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _, con domicilio en _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.

III.- AUTORIDAD RESPONSABLE: con fundamento en lo estipulado por el artículo 5, fracción II, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, señalo como autoridad responsable a: La persona moral denominada ——————————————–, misma que tiene su domicilio ubicado en ————————————– de la ciudad de _ _ _ _ _ _ _.

Lo anterior, de acuerdo a lo que establece el párrafo segundo de la fracción II del artículo mencionado, que los particulares también pueden tener este carácter siempre y cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos en los términos de la misma fracción y que cuyas funciones estén determinadas por una norma general.

IV.- ACTOS RECLAMADOS: se reclama de la responsable:

  1. A) _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.
  2. B) _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.
  3. C) _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.

 

V.- ANTECEDENTES  DE LOS ACTOS RECLAMADOS. Que bajo protesta de decir verdad manifiesto son los hechos que nos constan, constituyen los antecedentes de los actos reclamados y fundamentos de los conceptos de violación, los siguientes:

  1. ————
  2. ————
  3. ————

Al considerar al acto en cuestión como ilegal y violentar mis derechos fundamentales, acudo a este tribunal federal a fin de que sean respetados, haciendo valer en términos del concepto de impugnación que adelante se precisa.

VI.- HECHOS

1. _ _ _ _ _ _.

2. _ _ _ _ _ _ _.

VII.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS. Artículos _ _ y _ _ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VIII.- VIOLACIÓN DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS: _ _ _ _ _ _ _ _ _.

IX.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMER CONCEPTO DE VIOLACIÓN: Violación al derecho de debido proceso legal.

FUENTE DE LA VIOLACIÓN: el actuar de la moral señalada como responsable resulta contrario a derecho por atentar en contra de lo dispuesto por el artículo 123, apartado A, fracción VIII de Nuestra Constitución Federal, el cual consagra el salario como inembargable, violentando así mi derecho la legalidad, seguridad jurídica, por los artículos 14 y 16 constitucionales.

————-

————–

Así entonces, el actuar de la responsable va en contra de lo establecido por el artículo _ _ de la Ley _ _ _ _ _ _ el cual establece _ _ _ _ _ _ _.

Así entonces, al momento de resolver el amparo que se promueve, se debe atender y examinar las obligaciones que tiene la responsable puesto que de ese análisis se desprenderá que sus funciones están determinadas por una norma de carácter general y que realiza actos similares a las de autoridad. Al respecto cobra aplicación la siguiente tesis jurisprudencial, que se transcribe y se invoca:

Época: _ _ _.

Registro: _ _ _ .

Instancia: _ _ _.

Tipo de Tesis: _ _ _.

Fuente: _ _ _.

Publicación: _ _ _.

Materia(s): _ _ _

Tesis: _ _ _.

_ _ _ _ _ _ _ _ _

_ _ _ _ _ _ _ _ _ .

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 1º, 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos pido a Usted:

PRIMERO.- Admitir la presente demanda de amparo en tiempo y forma a trámite.

SEGUNDO.- Tener por autorizados a los profesionistas enlistados en el rubro de esta demanda para los efectos precisados.

TERCERO.- Tramitar y conceder el incidente de suspensión solicitado, autorizando las copias solicitadas.

CUARTO.- Previos tramites de ley, conceder el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso(a).

Protesto lo necesario,

LUGAR, FECHA.

______________________

Nombre del quejoso(a)

Demanda de Amparo Indirecto contra Particulares en Materia Administrativa

_________________________________________________

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